Qué se ha aprobado y desde cuándo cuenta
El lunes 5 de octubre de 2026 se publicó en el BOE la Orden Ministerial de la solución pública de facturación electrónica. Entra en vigor el 6 de octubre de 2026 y esa fecha inicia el cómputo de plazos de la factura electrónica entre empresas.
La obligación de emitir y recibir factura electrónica en las relaciones B2B procede de la Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece). Esta Orden regula la solución pública y arranca la cuenta atrás. El acompañamiento con PDF del primer año, para las empresas de más de 8 millones de euros, está en el Real Decreto 238/2026. La publicación del 5 de octubre de 2026 está recogida por Europa Press.
Calendario por tamaño de empresa
El cómputo empieza el 6 de octubre de 2026, día en que entra en vigor la Orden. Los dos tramos publicados son estos:
| Quién | Plazo desde el 6 de octubre de 2026 | Aplicación |
|---|---|---|
| Empresas con volumen de operaciones superior a 8 millones de euros en el año natural anterior | 12 meses | Octubre de 2027 |
| Resto de empresas y autónomos | 24 meses | Octubre de 2028 |
No hay en esta guía otra fecha de día distinta del 5 y del 6 de octubre de 2026. Octubre de 2027 y octubre de 2028 son el resultado de sumar 12 y 24 meses a la entrada en vigor.
Cómo saber si superas los 8 M€
El corte no es una estimación de facturación ni el importe con IVA de las facturas emitidas. Se mira el volumen de operaciones del año natural anterior, calculado según el artículo 121 de la Ley del IVA.
Si ese volumen superó 8 millones de euros, la obligación llega en octubre de 2027. Si no lo superó, llega en octubre de 2028, el mismo tramo que para el resto de empresas y autónomos. La comprobación del artículo 121 la hace tu asesor fiscal: esta página no la sustituye.
El periodo con PDF
Durante su primer año de obligación, las empresas de más de 8 millones de euros deben acompañar cada factura electrónica con un PDF legible, salvo que el destinatario acepte recibir solo el formato original. Así lo recoge el Real Decreto 238/2026.
Qué es la solución pública de la AEAT
La solución pública es la plataforma de la Agencia Tributaria para emitir, recibir e intercambiar facturas electrónicas.
Debe estar operativa al menos dos meses antes del primer plazo. Ese primer plazo es octubre de 2027, el de las empresas que superaron 8 millones de euros de volumen de operaciones.
Factura electrónica B2B vs Verifactu
No son lo mismo. Verifactu, regulado por el Real Decreto 1007/2023, impone requisitos al software de facturación y a su relación con la AEAT. La factura electrónica B2B obliga a intercambiar la factura entre empresas y autónomos. Cumplir una no sustituye a la otra.
La comparación desarrollada está en Verifactu vs Ley Crea y Crece. La implantación de Verifactu sobre Sage 200 está en la guía de Verifactu en Sage 200. Los plazos de esta página son solo los de la factura electrónica B2B.
Qué revisar en Sage 200 y en tu EDI
El diagnóstico parte de la versión instalada, del canal de facturas y del volumen de operaciones. ORS confirma con cada cliente qué alcance cubre esa instalación.
Versión y mantenimiento de Sage 200
Anota la versión instalada y si el contrato de mantenimiento con Sage está activo. Eso condiciona qué se puede parametrizar, no demuestra por sí solo el cumplimiento de esta obligación.
Cómo sale y entra hoy la factura
Revisa si el intercambio con clientes y proveedores es PDF, portal, EDI u otro canal, y qué formato pide cada interlocutor.
Umbral y PDF del primer año
Si el volumen de operaciones del año anterior superó 8 millones de euros, el primer año de obligación incluye acompañar la factura con un PDF legible, salvo aceptación del formato original.
EDI ya implantado
Si ya hay un operador y unos mensajes, anótalos. Que existan no implica que cubran la obligación nueva: el alcance se confirma caso por caso.
Quién valida cada parte
El criterio del artículo 121 de la Ley del IVA lo cierra el asesor fiscal. El alcance técnico sobre Sage 200 y el canal de intercambio lo revisa ORS contigo.
Si ya intercambias documentos con un operador, el punto de partida del servicio está en integración EDI. ORS confirma contigo si ese flujo cubre la obligación B2B.
Versión de Sage 200, umbral de 8 millones y canal actual de facturas: con eso se puede acotar el alcance sin dar por hecho el cumplimiento.
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